Viajar con mascota
- El 70% de los conductores dueños de animales de compañía no conoce la norma que regula el transporte de mascotas.
- Más de la mitad de los conductores no sabe que existe una legislación que les obliga a asumir los daños producidos por sus mascotas.
Cuestiones a tener en cuenta:
Aunque no existe una normativa redactada ex professo para el transporte de animales de compañía a diferencia de la extensa legislación sobre animales de producción si que podemos encontrar normas básicas al respecto por ejemplo en el Reglamento General de Circulación:
En el artículo 17 del Capítulo 3 se indica que los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales.
Dentro del mismo Capítulo en el artículo 18 se recogen como otras obligaciones del conductor el mantenimiento de su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos.
¿Qué puede pasar si decidimos obviar estas obligaciones?
Según la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial los agentes encargados de la vigilancia del tráfico puedan ordenar la inmovilización inmediata de vehículos en caso de que las posibilidades de movimiento y el campo de visión del conductor del vehículo resulten sensible y peligrosamente reducidas por el número o posición de los pasajeros o por la colocación de los objetos transportados.
Esto puede desencadenar una sanción por transporte de animal suelto por la posibilidad de interferencia en la conducción con multa de hasta 100€ o en caso de que sean varios animales o alguno de estos vaya en el regazo del conductor podría considerarse conducción negligente (infracción grave) castigada con multa de 200€ ( Reglamento General de Circulación artículos 18.1 y 3.1).
Quizás con la intención de ir creando una legislación más específica al respecto se han realizado diversos estudios sobre la incidencia del transporte de animales de compañía en los turismos constatando que uno de cada cinco conductores no utiliza ningún sistema de sujeción, hecho que puede resultar mortal para el animal y los ocupantes del vehículo ya que, en caso de colisión aunque sea a una velocidad relativamente reducida 50 km/h el peso del animal se multiplica por 35 lo que puede suponer un impacto con un peso en fuerza equivalente a media tonelada, puede reducir e incluso anular la protección de los sistemas de seguridad como cinturones y airbags.
Tenemos que tener en cuenta que además de las distracciones directas con interferencia del animal suelto en la conducción un animal siempre va a general alguna distracción indirecta ladrando, arañando o ensuciando el vehículo etc por lo que debemos extremar la concentración y la paciencia al volante.
Sistemas para el transporte de las mascotas.
No debemos olvidar que hay vehículos más apropiados que otros y que cada uno de ellos ofrece distintas posibilidades y capacidades de carga.
Además te recomendamos algunos de los sistemas más utilizados al respecto:
– Redes de separación.
– Barras telescópicas de separación.
– Arnés de seguridad para perros.
– Barreras a medida, adaptadas al vehículo.
– Transportines.
Incluso existen marcos-remolque, totalmente independientes del vehículo para llevar nuestras mascotas evitando distracciones.
Ya sabes, elige tu sistema y vela por tu seguridad y la de tu mascota.
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Buenas tardes, me ha dicho el veterinario que ahora no se puede llevar al perro con la correa de cinturón que le compré porque multan. Quisiera saber si esto es cierto, saludos.
Hola Vanessa, sinceramente la legislación al respecto no es muy clara, hay dispositivos que dependiendo del vehículo y del tamaño de la mascota van a ser más o menos eficaces en caso de accidente pero hay que apelar al sentido común, y esto es lo que hará el funcionario que te revise en un control mientras circulas. Lo importante es que el perro no interfiera, o lo haga lo menos posible en tu conducción, si es pequeño un transportin podría ser buena opción si es más grande una barrera y que quede en la parte de atrás del vehículo…Gracias por pensar en nosotros. Un saludo!